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EL ESTADO Y LOS DERECHOS DE LOS JUBILADOS

El Ing. Torrecilla dejó muchas muestras de su trabajo a lo largo de su experiencia parlamentaria en la Cámara de Diputados, varias de las cuales serán recogidas en esta página. Este es un aporte cargado de datos sobre la situación de los jubilados. Toda una clase de este liberal alberdiano, fallecido en 2012, que honró a la política y a su partido, la Democracia Progresista.

Por Victorio Arístides Torrecilla

Eva Perón abanderada de los necesitados lo definía con claridad: donde hay necesidad, hay un derecho. Es un derecho humano proteger a nuestras personas mayores.

En la Constitución Nacional sancionada en 1994, explicita el jurista Roberto Gargarella, cuando nos manda precisamente no postergar derechos, sostiene que los derechos no son lujos que nos reservamos para momentos de bonanza; los derechos no residen en la periferia de las políticas públicas exitosas.

Por eso cuando dicen no tenemos dinero para los jubilados, la respuesta es terminante se trata de una obligación incondicional y el dinero se deberá sacar de cualquier actividad que hoy se realice que no esté relacionada con la garantía constitucional.

El Estado debe maximizar todos los recursos como prioridad para proteger a la ancianidad.

Con frecuencia estos derechos se escamotean con otro tipo de argumentos: con argumentos economicistas, o como sucede en estos días, con falsos argumentos ideológicos que en realidad son dogmáticos.

Los derechos y el cumplimiento de la Constitución no están atados al presupuesto, porque si fuera así, los derechos serían un lujo de los ricos, y precisamente la universalidad es lo que nos permite construir una sociedad de iguales.

Son los derechos el instrumento político más eficaz para igualar las desigualdades; es ese instrumento que tiene el Estado para armonizar lo que es desigual.

Si de ideología se trata deberíamos entonces poner en el centro del debate no sólo los derechos sino también cuál es el Estado que queremos, qué tipo de Estado queremos.

 ¿Queremos un Estado que no antepone el bien común? ¿Queremos que, como ha ocurrido a lo largo de nuestra historia, se confunda tanto gobierno con Estado? ¿Queremos un Estado que no admite la transparencia? ¿Queremos un Estado que no sabe que tiene la obligación de garantizar derechos?

Además hay que resarcir la estafa que viven los jubilados y la sociedad toda, debe utilizarse el dinero de la seguridad social, lo que pertenece a los jubilados no como dádiva sino como derecho.

* ¿Qué es la jubilación?

Proviene del término “jubileo”, el cual en realidad los pobres jubilados hace mucho tiempo que no lo pueden aplicar. Este es el concepto básico de la jubilación: que una persona tenga la misma calidad de vida como jubilada, respecto de cuando estaba en actividad.

La historia se repite: recordemos la apreciación que hizo por cadena nacional el ex presidente Juan Domingo Perón el 30 de noviembre de 1973.

Dijo sobre este asunto: “Señores, ¿qué pasó después? En 1953, el Estado acuciado quizá por la necesidad, echó mano a los capitales acumulados por las cajas. Es decir, se apropió de eso. Para mí, eso es simplemente un robo porque no era plata del Estado. Era plata de la gente que había formado esas sociedades y esas organizaciones".

Luego los sucesivos gobiernos reiteraron el saqueo en mayor o menor medida

* Jubilados en la actualidad

Hoy, la población económicamente activa llega a alrededor de 16 millones de personas en nuestro país y solamente 8.600.000 son las que están haciendo aportes; el resto no aporta nada, porque están trabajando en un sistema informal, no en blanco.

En agosto de 2002 la mínima era de 200 pesos; en julio de 2003 se elevó a 220; en enero de 2004 a 240; en junio de 2004 a 260; en septiembre de 2004 a 308; en junio de 2005 a 350; en septiembre de 2005 a 390; en junio de 2006 a 470; en enero de 2007 a 530; en septiembre de 2007 a 596; en marzo de 2008 a 655; en julio de 2008 a 700; y, luego, con la aplicación de la ley que votó el Congreso, se llevó en marzo en 2009 a 770, en septiembre de 2009 a 827, en marzo de 2010 a 895 y en septiembre de 2010 a 1.046.

Hoy, con los 1.046 pesos, no pueden pagar los alimentos, no pueden pagar los medicamentos y no pueden pagar los servicios.

El ombudsman de la Tercera Edad de la Defensoría de la Ciudad de Buenos Aires sostuvo en un estudio que la canasta de un jubilado ha sido calculada en 2.063 pesos. Hoy, un jubilado gana 1.046 pesos .

¿ Por qué el 82 por ciento?

El 82 por ciento, no es un número mágico, no sale de una ecuación matemática, ni de una actuación notarial, surge respecto de un hombre en actividad, con los aportes que realizaba, lo que debía percibir al pasar a la pasividad, si se le descontaban esos aportes.

Así quedaba, casualmente, el 82 por ciento, porque el 18 por ciento es lo que estaba aportando como trabajador.

Que significa el 82 por ciento: son los derechos humanos de los ancianos reconocidos en el Pacto de Derechos Económicos, que cuenta con jerarquía constitucional a partir de 1994.

* Ingresos que percibe la ANSeS

La ANSeS tiene una financiación que proviene en un 60 por ciento del aporte de los activos. Indudablemente no es un sistema de reparto puro, porque es imposible sostenerlo.

Es por eso que el otro 40 por ciento de los recursos de la ANSeS se conforman con las detracciones de la masa coparticipable, además de las detracciones, antes de la coparticipación, de lo que corresponde a impuesto a las ganancias, al IVA y a otros conceptos como el impuesto a los bienes personales, a los automotores, al combustible, etcétera.

El dinero que dispone la ANSeS, es una masa equivalente a la que manejan los bancos, sólo que sin control y sin transparencia:

 • Por un lado, se encuentran las contribuciones patronales y los aportes de los trabajadores.

• La ley 24.699, en su artículo 5º, inciso a) dispone el pago de 120 millones anuales en función de la Ley del Impuesto a las Ganancias.

• La ley 24.621, artículo 1º inciso a) se paga el 20 por ciento del Impuesto a las Ganancias.

 • La ley 23.966, del Impuesto al Valor Agregado, se paga el 11 por ciento.

• Las leyes 24.130 y la 25.235, que ratifican los pactos fiscales I y II, se paga el 15 por ciento de todos los recursos tributarios posteriores al resto de las detracciones.

• Además, el impuesto al gasoil, al diesel, al kerosene y al GNC en un 100 por ciento.

• La ley 24.699, artículo 2º, se paga el 21 por ciento de naftas, solventes y aguarrás.

• Se sostiene también al SIPA con el impuesto a los autos gasoleros, artículo 3º de la 24.699.

 • Y con el impuesto adicional de emergencia de cigarrillos.

 

*Monto de la coparticipación

Cuando analizamos cuál es el monto de esa coparticipación, vemos que por fuera de lo que son los aportes o las contribuciones directas, el 42 por ciento de los recursos de la ANSeS proviene de estos impuestos y adelantos.

* Fondo de Garantía de Sustentabilidad

La inversión de este Fondo está compuesta en

• 62 por ciento, por bonos del Tesoro, que producen una renta del 4 por ciento, cuando la inflación se encuentra entre el 15 y el 25 por ciento. (Tomemos nota, entonces, de cuál es la desinversión que existe de ese Fondo), que se conformó fundamentalmente con los recursos provenientes de la estatización de las AFJP:

• El segundo rubro de inversiones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad son acciones y títulos privados. Eso da un 11 por ciento. Son acciones, obligaciones negociables, fondos de inversión directa, etcétera.

• El tercer rubro, que implica un 8,6 por ciento, son los proyectos productivos, que a su vez se dividen en dos grandes rubros.

El primero, constituido por los proyectos productivos de infraestructura; y entonces parte del 8,6 por ciento de este Fondo se destina a la Central Atucha y a ENARSA; también a los préstamos para la provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de Río Cuarto, al Programa Plurianual de Construcción de Viviendas en el Chaco, etcétera.

Fiinalmente, la otra parte de los proyectos productivos, adonde va la plata de los jubilados, es a incentivar a la industria automotriz.

Que se justifica por estar dentro de la normativa del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) establecido por la ley 26.425.

 La rentabilidad del Fondo es de un 4 por ciento, que suele ser afectada a la Asignación Universal por Hijo cuando no alcanzan los recursos de la ANSeS.

Caso contrario, se destina a la capitalización del fondo.

¿Qué estamos diciendo?

Que ese Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la ANSeS se conformó con los ingresos provenientes de la estatización de las AFJP, es decir, con el dinero que fueron aportando los ciudadanos de la Argentina, que estaban dentro del sistema de capitalización. Y ahora parte de esos recursos están financiando al gobierno nacional, lo cual no estaría mal si éste les pagara una rentabilidad razonable a los fondos pertenecientes a los trabajadores y que les corresponden a los jubilados.

Pero el gobierno nacional se financia pagando exclusivamente un 4 por ciento. Pero lo que no puede hacer la ANSeS es gastar en otras erogaciones que no sean las que figuran en el artículo 8° de la ley 26425, que dice claramente que la totalidad de los recursos únicamente podrán ser utilizados para el pago de los beneficios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Lo que no puede hacer la ANSeS es pagar otras erogaciones que no tengan que ver con el régimen previsional.

Lo que están haciendo con el pago de la Asignación Universal por Hijo y pagar otros gastos, sin un compromiso de devolución de parte del Estado con una tasa de interés.

Se ha previsto para el año 2011 diez mil millones de pesos para la Asignación Universal por Hijo que prevé un incremento del orden del 20 por ciento, porque en el año 2010 se van a pagar 8 mil millones de pesos; eso está previsto en el presupuesto, pero no lo puede hacer la ANSeS porque está incumpliendo la ley.

Esto surge no sólo de la decisión que ha tomado el Poder Ejecutivo por decreto, sino también de la propia ejecución del gasto: en la planilla de gastos correspondiente al mes de mayo de 2010 año se indica:

• Que se han pagado por la ANSeS, 6.400.000 beneficios con un monto abonado, de 7.200 millones.

• Por Asignación Universal por Hijo 535 millones, indebidamente e incumpliendo la ley,

• También se están pagando 99,5 millones de pesos por año en concepto de subsidios a jefes y jefas de hogar, según lo que surge de esta planilla.

• Sumado a todo ello, también se están pagando desde la ANSeS prestaciones por desempleo, obligaciones todas que deberían pagarse con recursos del Tesoro y no del sistema previsional.

 ¿Puede el Tesoro pagar la Asignación Universal por Hijo? Puede hacerlo.

Este año el Tesoro ha tenido un superávit de 50 mil millones de pesos y, aparte, ha recibido 23.500 millones de pesos de ganancias del Banco Central y 20 mil millones de reservas que han sido transferidas para el pago de la deuda pública.

Es decir que de la predicción presupuestaria que había para el año 2010, el Tesoro ha recibido más de 90 mil millones de pesos que no estaban previstos en el presupuesto.

Por los parámetros macroeconómicos que se han establecido, con una inflación de un 8 por ciento y un crecimiento de 4 puntos del producto bruto, se prevé que la subestimación de los recursos que van a ingresar el año 2011 está en el orden de los 75 mil millones.

Es decir que el gobierno nacional se va a encontrar de pronto el próximo año con 75 mil millones de pesos que no están en el presupuesto y se ha previsto pagar 3.100 millones de pesos para la asignación universal.

* Otra organización y pauta 

La Asignación Universal tendría que ser administrada, ejecutada y gestionada por los ministerios de Desarrollo Social juntamente con el Ministerio de Educación para que allí se cumpla la pauta del pago de la asignación y el vínculo con una política educativa.

No puede ser que ANSeS tenga que estar entregando computadoras.

El programa de acceso a Internet y a las comunicaciones para los chicos de la secundaria tiene que ser ejecutado por el Ministerio de Educación.

Entonces, no sólo hay un problema en la asignación de fondos; también se están subvirtiendo la jurisdicción y las facultades que tiene cada una de las áreas del gobierno.

Manejo arbitrario de los fondos de los argentinos, a costa del hambre y del sufrimiento de nuestros mayores.

En el presupuesto para 2010 se destinan:

• 690 millones para el Fútbol para Todos, y luego se reforzó esa partida con 280 millones en virtud del déficit; es decir que no alcanzaron esos 690 millones.

• Aerolíneas Argentinas, actualmente tiene un déficit de 6 millones de pesos diarios, o sea, 2.300 millones de pesos anuales. Problemática a contemplar: Se habla de una revalorización del haber mínimo, del haber jubilatorio.

Que dicen las estadísticas que el propio gobierno publica:

• En 2003, el salario mínimo aumentó un 596 por ciento y el haber mínimo se incrementó un 376 por ciento.

• Asimismo, estábamos a un 88 por ciento de lograr el 82 por ciento móvil. En 2005 bajó al 54 por ciento y, en 2010, al 60 por ciento. Hoy, como se ha mencionado, hay un retraso del 28 por ciento.

• la primera problemática es el alto porcentaje de informalidad que existe en la República Argentina.

El presupuesto para 2010 tiene un crecimiento estimado del 2,5 por ciento, y el Fondo Monetario Internacional acaba de decir que la Argentina crecerá en dicho año, alrededor de un 7,5 por ciento; en ese sentido se repite una subvaluación del presupuesto, ¿Dónde está el incremento de la recaudación tributaria? ¿Quién la maneja? Miles y miles de millones manejados en la fiesta de este gobierno de manera irresponsable.

• Es necesario dejar en claro que el 82% móvil de la ley sancionada es solamente para los haberes mínimos, queda pendiente para el resto de los beneficiarios que integran el sistema.

• Con esa mejora se sigue manteniendo el achatamiento de la pirámide de beneficiarios, porque la mayoria de las veces se incrementó el haber mínimo, incoporando nuevos integrantes a dicha escala.

• Además está el debate del fallo Badaro acerca de cuándo se piensa en resolverlo.

* Badaro, como problema 

Hay un Badaro I, un Badaro II y después habrá un Badaro III, IV, V hasta el infinito. Porque hay 400 mil juicios. Cada uno de los juicios que están saliendo con este fallo de la Corte da una suma de 200 mil o 250 mil pesos por jubilado.

Hay que ponerle un corte. Hay que tomar una decisión política

• Fundamentalmente se hace necesario analizar y evaluar el Sistema para ordenarlo de una vez y terminar con la mendicidad que reciben los mayores de la clase pasiva. Superávit de la ANSeS El superávit previsto para el ejercicio 2011 está en el orden de los 34 mil millones de pesos, más 11 mil millones que constituyen la ganancia que tiene el Fondo de Garantía de Sustentabilidad, de intereses que se van acumulando en los títulos y acciones, a liquidarse a diez, quince o veinte años. Pero la ganancia específica de flujo de fondos, el superávit específico de flujo de fondos para el año que viene es de 34 mil millones de pesos. Haciendo la proyección de acá a fin de año en las cuentas del Tesoro vamos a tener un superávit que va a estar en alrededor de 40 mil millones, como 27 mil millones fueron los números concretos y su proyección se estaría en 40 mil millones.

• En el ejercicio de 2009, 11 mil millones que tenía el superávit de la ANSeS fueron para obras públicas de distintas provincias, el superávit se transforma rápidamente en una acción que lleva adelante una inversión.

• En el 2010 estaba previsto recaudar 297 mil millones de pesos y se van a recaudar 347 mil millones de pesos. Quiere decir que si ese artículo se hubiese incluido en la ley de presupuesto del año 2009 se tendría el problema resuelto, porque en el sistema habría 50 mil millones de pesos más destinado a pagar jubilaciones y pensiones.

• Con estas cifras se tiene el financiamiento del 2010 asegurado, tenemos el financiamiento del 2011 asegurado Financiamiento del costo del 82% móvil sancionado: La consultora a la que pertenecía el director ejecutivo de la ANSeS dice que elevar el mínimo cuesta 26.634 millones de pesos por año. Bossio en el Senado dio el costo de la actualización a los valores del mínimo ascendían a 20.600 En lo que hace a los reajustes de Sánchez y Badaro II, los que están por debajo del mínimo, cuesta 7.981 millones de pesos. Los reajustes que están por sobre el mínimo, implica la suma de 23.731 millones.

Un ajuste en las cifras daría:

 • 19.400 millones la decisión del 82 por ciento para el haber mínimo previsional; y el costo que significaría la decisión de adoptar el fallo “Badaro”, está en el orden de los 10 mil millones o de los 11 mil millones de pesos

• El costo total anualizado es de 58.255 millones por encima de lo presupuestado; que si el superávit de la ANSeS, según el proyecto de presupuesto que elevó el Poder Ejecutivo para 2011, es de 21.530 millones; que si la asignación universal por hijo, que debe ser financiada por el Tesoro Nacional, es de 10.083 millones; y además tenemos el Plan Conectar, que debe ser financiado por el Estado nacional, todo ello determina que se necesita incorporar como nuevo superávit la suma de 34.000 millones de pesos.

• Es decir que frente al superávit que ya existe de 21.000 millones, se requiere un financiamiento mayor al presupuestado de 23.442 millones de pesos. En 2011, la rentabilidad prevista que surge en el Cuadro de Fuentes y Aplicaciones Financieras, página 103 del proyecto de ley de presupuesto para el ejercicio de 2011 elevado por el Poder Ejecutivo nacional, es de 18.284 millones de pesos.

A este derecho constitucional traducido en la ley sancionada le sobran fuentes de financiamiento, El costo de estas medidas oscila entre los 27 y los 32 mil millones.

• Si realizamos la proyección de acá a fin de año en las cuentas del Tesoro vamos a tener un superávit que va a estar en alrededor de 40 mil millones.

• La asignación universal por hijo, no puede salir del fondo de los jubilados, tiene que salir del Tesoro, por un importe de 10 mil millones • Cualquier incremento que vaya a los jubilados se traslada a consumo rápidamente en alimentos, medicamentos, ropa y algún otro tipo de actividad de estas características. Todas ellas tienen aplicado el IVA, lo que significa que hay un recupero rápido, concreto y efectivo del 21 por ciento, el promedio de recupero del Estado de 30 mil millones de pesos que van al consumo, le va a reportar el Tesoro el año que viene 7.500 millones de pesos adicionales de recaudación en función de la aplicación del IVA. Ante este panorama se puede afirmar que el 82% es posible. • ¿Hay recursos en la ANSeS para afrontar esta decisión? Hay recursos.

• ¿Es sustentable esta decisión política? Es sustentable.

 • ¿Puede la ANSeS afrontar también la decisión que surge del caso Badaro?  Puede hacerlo con los recursos superavitarios que tiene. Entonces, no hay ninguna razón que justifique la aseveración del oficialismo de que es irresponsable la ley sancionada. El planteo es claramente sustentable y puede ser financiado por el superávit que tiene la ANSeS..

* Alternativas de financiamiento

• Incorporar a las personas que trabajan en negro al sistema formal, en blanco. Eso incrementará rápidamente lo que son los ingresos por aportes que recibe la ANSeS, a efectos de hacer frente a los diferentes compromisos. . Según fuente del Ministerio de Trabajo de la Nación, el 45 por ciento de los ocupados del Gran Buenos Aires, y los asalariados de esa provincia, el 43 por ciento, se encuentran en situación de informalidad. Y, entre los independientes, la informalidad alcanza hasta el 54 por ciento.

 • La asignación universal por hijo, no puede salir del fondo de los jubilados, tiene que salir del Tesoro.

• El Plan Conectar los tiene que pagar el Tesoro.

• La alternativa de que el superávit de recaudación, para este año 2010 ha sido de 50 mil millones de pesos y para el año que viene está previsto en 75 mil millones de pesos, vaya también asignado al sistema previsional, constituye otra buena propuesta

• Las utilidades que no sean capitalizadas se utilizarán para un Fondo de Reserva General y para los Fondos de Reserva Especiales hasta que los mismos alcancen el 50 por ciento del capital del banco. Una vez alcanzado ese límite las utilidades no capitalizadas o aplicadas a los fondos de reserva deberán ser transferidas a la Administración Nacional de Seguridad Social para financiar el Sistema Integrado Previsional Argentino Existen nuevos mecanismos para analizar y evaluar, con destino polémico de aportes para el Tesoro, que inciden directamente sobre actividades productivas, como por ejemplo,

• Grabar la renta financiera,

 • Y la rediscusión de los aportes patronales, de las grandes empresas, dejando de lado a las Pymes, a fin de permitir la generación de empleo Tambien se podría aplicar sobre los juegos de azar, un aporte extraordinario, motivo específico del veto presidencial: La ley sancionada y vetada por la Sra. Presidente se fundamenta en que no se especifica el financiamiento y su asignación presupuestaria y, en consecuencia, ello implicaría la nulidad al no cumplimentar ese requisito. Que hizo esta Sra. Presidente cuando emitió tres decretos de necesidad y urgencia.

• El 1275/02, que estableció un subsidio para prestaciones previsionales inferiores a 200 pesos. • El decreto 391/03 de este gobierno, que determinó un haber mínimo de 220 pesos;

 • El Decreto 1194 que actualizó los haberes de los jubilados antes de que se sancionaran las leyes. En ninguno de estos decretos fue fijada la partida presupuestaria, total el Jefe de Gabinete estaba autorizado para la reorganización de partidas. Si la ley sancionada no es una nueva ley con una nueva imputación sino que se modifica una ley de fondo existente, que ya tiene su previo financiamiento, en definitiva lo que tiene que hacerse es disponer un incremento de partida o no. El artículo 5 de la ley de presupuesto habla de la facultad del jefe de Gabinete de Ministros para disponer las reestructuraciones. El artículo 9, menciona que pueden hacerse ampliaciones de crédito. Los artículos 34 y 36 se refieren a la cancelación de deudas de origen previsional.

En efecto, se otorga autorización para ampliar los límites del artículo 34 para cancelar deudas previsionales. Es decir, la ley de presupuesto contiene artículos por los que se dan facultades al jefe de Gabinete de Ministros, para que no sea necesario el establecimiento de financiamientos especiales.

En la discusión del próximo Presupuesto se pueden incorporar las partidas modificatorias de jurisdicciones y de aplicación específica para el Sistema Jubilatorio .

* Conclusión

Tenemos una contradicción mas, otro relato de ciencia ficción al que nos tienen acostumbrados lamentablemente por el país, por la sociedad, por la República, en un país en el que el Estado carga con la brutal marca del saqueo y de la estafa, se confunde tanto Estado con gobierno, ya es hora de que nos preguntemos con enorme honestidad, qué tipo de Estado queremos: ¿uno que sea transparente, que garantice los derechos, que anteponga el bien de todos, o el que utiliza el dinero de todos como bien propio o el que niega la información o la maquilla o la miente?  

Título: Derechos Humanos y Derechos Constitucionales. Qué son los derechos.

Fecha: 15/10/10

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