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EL QUÓRUM, COMO OBSESIÓN

Un oficialismo apretado en el Congreso es un oficialismo quieto, expectante y temeroso aun ante una oposición sin referentes que impongan liderazgos. Cualquier Poder Ejecutivo en tal situación preferirá mantener en un plano secundario aquello que no controla. Las siguientes referencias sobre el quórum son parte de la misma cuestión. .

 Por Armando Vidal

Dos gobiernos compartieron porciones equilibradas de poder político en la Cámara tenida como del pueblo, con lo cual ambos dependieron siempre de aliados eventuales y generalmente de la misma oposición para sesionar. La ley, que es la norma que más cuesta pero también la que más valoran jueces e inversores, fue siempre producto de esa debilidad.

Una debilidad que se resume en un nombre de origen griego: quórum.

Sin quórum no hay ley, que es lo que persigue la oposición cuando se niega a colaborar a su formación.

La Constitución dice en su artículo 64 (ex 56) que ninguna de las Cámaras legislativas puede entrar a sesión sin la mayoría absoluta de sus miembros.

Obtenerlo, a veces, es un parto de los montes.

En el tiempo alfonsinista, el presidente del bloque radical, César Jaroslavsky, se vio más de una vez en aprietos para reunir el número mínimo que reclama iniciar las deliberaciones. Pero para Jorge Matzkin, heredero de José Luis Manzano en ese mismo cargo del bloque justicialista, el quórum se transformó en una obsesión.

Obligado a hacer funcionar la máquina de votar a contrapelo de viejas convicciones, la bancada del PJ debió realizar piruetas al borde mismo de la legalidad -o fuera de ella- para delinear el mapa normativo del ajuste y el desmembramiento del aparato estatal.

Convertido el Congreso de la Nación en una gigantesca inmobiliaria que sólo protestó cuando no pasaba por ella la operación de venta de las empresas estatales, el oficialismo desplegó todo su poder y argucia para alcanzar la mayoría absoluta que se exige al efecto de poder sesionar.

Incluso quiso modificar el reglamento interno del cuerpo a tono con la reforma constitucional de facto de 1972 que aligeraba la carga al sostener que las sesiones podían iniciarse con la cuarta parte de los legisladores en sus bancas.

Omitía tomar en cuenta que para ello se reclamaba la reforma constitucional, cuyo anteproyecto elaborado por el propio PJ incluía ese cambio y otros, entre ellos la posibilidad de la reelección presidencial.

El esfuerzo en pos del quórum y, por tanto de la ley tan preciada, solía tener por motor el ministerio del Interior o la secretaría general de la presidencia, con la colaboración habitual de los operadores del Palacio de Hacienda y la mesa de conducción de la bancada como cabina de control. Eran los tiempos previos a la reforma constitucional de Santa Fe que concentró esos cometidos en la jefatura de Gabinete.

Si bien el nivel de fracasos de las sesiones por falta de quórum es fuente inagotable de desprestigio del Parlamento, el sabotaje al quórum es parte de una praxis que sólo debe limitarse a un uso no abusivo.

Podría decirse que nunca se instaló en el recinto una discusión sincera sobre la legitimidad o no del recurso empleado tanto por peronistas y radicales, ya que siempre desataron las mismas réplicas de parte de las fuerzas del gobierno de turno con aquello de rehuyen el debate, ñoquis, no quieren trabajar, se esconden detrás de las cortinas y otras chicanas propias del show político.

La obsesión del quórum -tanto para el gobierno de Alfonsín cuanto al de Menem- respondió a que radicales y peronistas siempre necesitaron ayuda para iniciar las sesiones. El voto popular en ambos casos les había conferido número suficiente de bancas para ser mayoría –el radicalismo arrancó con 129 diputados en 1983- pero siempre necesitaron de bloques minoritarios aliados para iniciar el debate, al que de inmediato se sumaba la oposición.

Luego, la preocupación siguiente era – y, naturalmente, sigue siendo porque el modus operandi es el mismo-, contar con el número suficiente a la hora de las votaciones siempre que debieran resolverse por simple mayoría. Cuando ellas reclamaron un número especial de votos afirmativos como por ejemplo en el caso de rechazo a una sanción de la otra Cámara (NdE: el último ejemplo más ilustrativo es el resonante rechazo a las retenciones móviles de julio de 2008 y el primero desde 1984 al de la llamada ley gremial dado que en ambos casos la mayoría absoluta fue de votos negativos) el cometido se tornó casi inalcanzable. Y directamente fue imposible lograrlo si esa barrera era la de los dos tercios como para declarar la reforma constitucional.

En síntesis, las leyes que son producto de la confrontación y no del consenso, aquellas frente a las cuales la oposición extrema su resistencia y lanza su grito de guerra al negarse a dar quórum, desatan un conflicto que no por reiterado resulta conocido.

Fuente: El Congreso en la Trampa , (Planeta, 1995)